El colmo de la insolencia que a un juez se le ocurra dudar de la constitucionalidad de una norma. A donde vamos a llegar.
Artículo 29 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional:
"La declaración de inconstitucionalidad podrá promoverse mediante (...)La cuestión de inconstitucionalidad promovida por Jueces o Tribunales."
Artículo 35, de la misma norma:
"Uno. Cuando un Juez o Tribunal, de oficio o a instancia de parte, considere que una norma con rango de Ley aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la
Constitución, planteará la cuestión al Tribunal Constitucional con sujeción a lo dispuesto en esta Ley."
Y es que el artículo 32 de la Constitución dice:
"El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica."
Que temeridad, pensar que este precepto de la Constitución estaba pensando en la unión entre un hombre y una mujer.
De esta manera el diario El País insinuaba a finales de noviembre la falta de honestidad de este juez, que ha puesto en duda la estabilidad emocional de una persona que tan pronto es lesbiana como se acuesta con un hombre y tiene un hijo. Algo de una estabilidad incontestable.
Pero es que un poquito más adelante, podemos leer:
Poco importa si en aquella época el escándalo público era aún un delito. Tampoco importa si el top-less se hizo en presencia de menores lo que podría considerarse un delito incluso con el vigente código penal:
"
Artículo 185. El que ejecutare o hiciere ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses."
Desde aquí todo mi aprecio y afecto por este Magistrado auténtico, que tiene como referente la justicia y la verdad que se niega a ser un puro funcionario que aplica una norma injusta que ni siquiera se integra con el resto del ordenamiento de manera pacífica.
Garzón podrá seguir prevaricando de forma notoria y permanecer impune, pero a los jueces católicos que no se atrevan a entorpecer la aplicabilidad de una norma que no es orden de la razón sino arbitrio y voluntarismo.
Para muchos, este juez se ha extralimitado, desconocen que el juez de familia es garante (en realidad el único garante) de los derechos del niño y de su desarrollo emocional y moral y que en realidad es lo que debe salvaguardar por encima de todo y no un pretendido derecho -que no existe- a la adopción. Muchos Matrimonios ven entorpecidas, dificultadas o rechazadas sus legítimas pretensiones de adopción mucho más que lo que el juez Calamita haya podido hacer en este caso, pero eso no importa. La prensa escrita y los medios de comunicación, incluso los derechiles como Antena 3, poco dada a juicios u opiniones en noticias judiciales dentro de su noticiero, no han dudado en calificar de excéntrico al juez. Sí, sí, tal cual, excéntrico es un juez casado y con hijos y convencionales... las lesbianas reversibles.
Mucho ánimo para el juez Calamita y toda su familia y que pase una muy feliz Navidad.