El colmo de la insolencia que a un juez se le ocurra dudar de la constitucionalidad de una norma. A donde vamos a llegar.
Artículo 29 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional:
"La declaración de inconstitucionalidad podrá promoverse mediante (...)La cuestión de inconstitucionalidad promovida por Jueces o Tribunales."
Artículo 35, de la misma norma:
"Uno. Cuando un Juez o Tribunal, de oficio o a instancia de parte, considere que una norma con rango de Ley aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión al Tribunal Constitucional con sujeción a lo dispuesto en esta Ley."
Y es que el artículo 32 de la Constitución dice:
"El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica."
Que temeridad, pensar que este precepto de la Constitución estaba pensando en la unión entre un hombre y una mujer.
De esta manera el diario El País insinuaba a finales de noviembre la falta de honestidad de este juez, que ha puesto en duda la estabilidad emocional de una persona que tan pronto es lesbiana como se acuesta con un hombre y tiene un hijo. Algo de una estabilidad incontestable.
Por supuesto, el juez es sospechoso porque en otro caso, se atrevió a preferir al padre de la criatura que a la madre lesbiana. El padre de las niñas solicitó la custodia y el juez se la dio a él porque entendió, como todo hijo de vecino, que el ambiente sodomizante de la madre con su pareja, podría no ser tan bueno como el del padre.
Pero es que un poquito más adelante, podemos leer:
Poco importa si en aquella época el escándalo público era aún un delito. Tampoco importa si el top-less se hizo en presencia de menores lo que podría considerarse un delito incluso con el vigente código penal:
"Artículo 185.
El que ejecutare o hiciere ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses."
El que ejecutare o hiciere ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses."
Desde aquí todo mi aprecio y afecto por este Magistrado auténtico, que tiene como referente la justicia y la verdad que se niega a ser un puro funcionario que aplica una norma injusta que ni siquiera se integra con el resto del ordenamiento de manera pacífica.
Garzón podrá seguir prevaricando de forma notoria y permanecer impune, pero a los jueces católicos que no se atrevan a entorpecer la aplicabilidad de una norma que no es orden de la razón sino arbitrio y voluntarismo.
Para muchos, este juez se ha extralimitado, desconocen que el juez de familia es garante (en realidad el único garante) de los derechos del niño y de su desarrollo emocional y moral y que en realidad es lo que debe salvaguardar por encima de todo y no un pretendido derecho -que no existe- a la adopción. Muchos Matrimonios ven entorpecidas, dificultadas o rechazadas sus legítimas pretensiones de adopción mucho más que lo que el juez Calamita haya podido hacer en este caso, pero eso no importa. La prensa escrita y los medios de comunicación, incluso los derechiles como Antena 3, poco dada a juicios u opiniones en noticias judiciales dentro de su noticiero, no han dudado en calificar de excéntrico al juez. Sí, sí, tal cual, excéntrico es un juez casado y con hijos y convencionales... las lesbianas reversibles.
Mucho ánimo para el juez Calamita y toda su familia y que pase una muy feliz Navidad.
2 comentarios:
Calamita de calamitatis, ya lo decía mi profesor de matemáticas.
Valiente hijo de una hiena. Un juez no puede hacer uso de su poder para imponer SU moral (sea cristiana, judía, musulmana o de la iglesia de la cienciología, me tira de ahí). Está ahí para hacer justicia y hacer que se cumpla la ley, no para poner trabas en la vida de los ciudadanos.
Servir antes que servirse. Y si no que se meta al sector privado, que cada día hay menos meapilas profesionales. Fijo que hay por ahí algún obispo que necesite una limpieza de sable de vez en cuando. Por caridad cristiana.
En cambio el legislador si puede hacer uso de su poder para imponernos su moral, ¿no?.
El juez auténtico vela por los derechos y las garantías de los indefensos y pone trabas a quienes abusan de su libertad. Y ante los intereses caprichosos de unas personas a los que la biología y no el derecho ha denegado el acceso a la paternidad o maternidad, lo que ha de hacer el juez es, como dice la norma, garantizar que el entorno que van a procurar los padres adoptivos es el que mejor garantiza los derechos del niño, entre los que se encuentran, el derecho a una formación moral.
Difícilmente puede, quien no tiene orden ninguno en su vida, garantizar un entorno adecuado a un niño pero ni siquiera usted hace referencia a esto, ni, si otros muchos padres heterosexuales y en uniones estables (y no promiscuas y efímeas como las aberrosexuales), no ven satisfechas sus aspiraciones porque la autoridad (la que sea) considera, que existen mejores entornos para esos niños.
La discriminación forma parte de los procesos de adopción, pues los jueces o las administraciones correspondientes han de procurar los mejores padres posibles.
Si el Juez Calamita pidiese en adopción a un niño, usted sin duda, auténtico hijo de Satanás, le denegaría la solicitud so pretexto de que el juez no impusiera sus creencias al niño, probablemente porque las considere nocivas.
La norma no obliga a dar en adopción a las parejas aberrosexualistas y deja gran margen de autonomía a los jueces. Las acusaciones de prevaricación han sido archivadas por lo que la desproporción entre la pena al juez Jurado y a Calamita pone en evidencia la voluntad política de uno y otro caso, voluntad ideologizada que precisamente busca la asfixia de la justicia en favor de la norma caprichosa y arbitraria.
El problema es que los partidos controlan el gobiernos de los jueces y se ha utilizado este asunto como un aldabonazo para todos aquellos jueces que tienen la absurda idea de aplicar justicia al caso concreto dentro de los cauces que les permite la norma.
Deje de leer a Harry Potter y dé argumentos auténticos de sus posiciones. El recurso al insulto barriobajero no es sino una prueba de su inaptitud para tener una discusión en términos racionales.
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